El presidente de la Asociación de Trabajadores Autónomos de Andalucía (ATA-Andalucía), Rafael Amor, ha valorado hoy el proyecto de Ley Andaluza de Fomento del Emprendimiento que se presenta mañana en sesión plenaria del Parlamento de Andalucía. Para Amor “ una ley de fomento del emprendimiento no debe basarse sólo en un reconocimiento del derecho a emprender o en declaraciones de buenas intenciones, sino que ha de contener medidas concretas y reales que impulsen y consoliden el emprendimiento en Andalucía”. Por ello, las principales medidas que han de impulsar el emprendimiento en Andalucía se resumen en el Decálogo de medidas que desde ATA se consideran ha de incluir esta ley.
Decálogo de Medidas de ATA
– Medidas de fomento del emprendimiento:
1º) Ampliación tarifa plana a 24 meses, fomento del emprendimiento de Segunda Oportunidad y Red de asistencia a emprendedores (alerta preventiva para emprendedores).
– Medidas fiscales:
2º) Deducción autonómica para el fomento del emprendimiento en la cuota íntegra autonómica del IRPF.
3º) Exención del impuesto de Sucesiones y Donaciones con un mínimo exento para las herencias recibidas por parientes directos a dos millones de euros a toda persona emprendedora
4º) Exención del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados a toda persona emprendedora.
– Medidas de impulso a la financiación de la actividad emprendedora:
5º) Líneas específicas de avales a través de SGR, prestamos participativos, microcréditos, etc…
– Eliminación de trabas administrativas:
6º) Carácter de urgencia a los procedimientos/autorizaciones de inicio de actividad
7º) Procedimientos de tramitación de ayudas y silencio positivo:
* Un plazo para resolver y notificar este procedimiento administrativo no superior a tres meses desde su inicio (fin plazo de convocatoria), ni superior a dos meses para hacer efectivo su pago una vez publicada la resolución de concesión.
* La falta de resolución en plazo por parte de la Administración tendrá efectos estimatorios.
* La falta de pago en plazo por parte de la Administración devengará los correspondientes intereses de demora y recargos a favor de la persona beneficiaria de la ayuda o incentivo.
8º) Tramitación electrónica de procedimientos administrativos
– Participación organizaciones representativas del trabajo autónomo:
9º) Capítulo específico “Emprendimiento Individual “.
Una ley de Fomento del Emprendimiento ha de adaptarse a la realidad del tejido empresarial andaluz y esté, sin ninguna duda, está compuesto mayoritariamente por trabajadores autónomos.
10º) Un reconocimiento expreso y de participación de las organizaciones más representativas del trabajo autónomo en el Sistema Andaluz para Emprender, el Plan General de Emprendimiento y en el Programa Andaluz para Emprender
Para Rafael Amor, presidente de ATA Andalucía, “debe aprobarse una ley para que emprender en Andalucía sea un camino fácil y sencillo, para facilitar la vida a emprendedores, autónomos y empresas”, ha aseverado Amor a lo que añade “esta ley debe tener el propósito de ser igual de ambiciosa o si cabe aún más, que la Ley estatal de Medidas Urgentes para los Autónomos que contiene más de 20 medidas concretas y que ha sido aprobada por unanimidad”.