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Solicitud de devolución de de base de cotización de los trabajadores autónomos

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Los trabajadores autónomos que junto a su actividad profesional desarrollen simultáneamente trabajo por cuenta ajena, se encuentran en situación de pluriactividad y se ven obligados a cotizar tanto al RETA como al RGSS.

Cuando la suma total de las cotizaciones de ambos regímenes en 2016, respecto de contingencias comunes en régimen de pluriactividad, alcance o supere una cuantía de 12.368,23 euros tendrán derecho a una devolución del 50 por ciento del exceso en que sus cotizaciones ingresadas superen la mencionada cuantía.

La devolución se efectuará a instancia del interesado, que habrá de formularla en los cuatro primeros meses de 2017 por lo que el autónomo en pluriactividad ha de solicitar la devolución ante la TGSS hasta el 30 de abril de 2017.

Esta solicitud podrá ser realizada mediante el modelo “Solicitud de Devolución de ingresos indebidos (modelo TC 13/1)”  o a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

El cálculo de la suma total de cotizaciones en situación de pluriactividad ha de realizarse teniendo en cuenta tanto las aportaciones empresariales como las correspondientes al trabajador en el Régimen General, así como las efectuadas en el régimen especial.

Las cantidades que le devolverá la TGSS alcanzarán el tope del 50 por ciento de las cuotas ingresadas en el RETA en razón de su cotización por las contingencias comunes de cobertura obligatoria.

En caso de una solicitud de devolución fuera del plazo entre el 1 de enero de 2017 hasta el 30 de abril de 2017 (inclusive) se perderá el derecho.

http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/CotizacionRecaudaci10777/Areainformativa/Recaudaciondecuotas/DevoluciondeIngreso50953/index.htm


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